REGLAMENTACIONES Y ESTATUTO


Seleccione con un click su área de interés




Para ampliar consultas haga click en los link correspondientes...

REGLAMENTO INTERNO DE LOS COA

Objetivo de los Clubes de Observadores de Aves

Parte 1: Los Clubes de Observadores de Aves

Un Club de Observadores de Aves (COA) es un grupo de socios de Aves Argentinas organizado bajo el estatuto de la asociación y el presente reglamento interno para convocar actividades periódicas y gratuitas vinculadas a la observación de aves silvestres y su conservación.

Los COA de Aves Argentinas no persiguen fines de lucro y su espíritu es democrático y participativo.


Derechos de los Clubes de Observadores de Aves


Aves Argentinas se compromete a:

  • Asesorar y acompañar al club desde su formación en todos los temas concernientes a la misión y visión de la asociación,
  • Poner a disposición -siempre que sea posible- recursos gráficos, tanto físicos como virtuales, para fortalecer acciones e iniciativas de los clubes,
  • Fomentar el trabajo en red coordinado a través de plataformas compartidas de calendario, correos electrónicos o el medio que se considere pertinente para ese fin,
  • Dar difusión a las actividades de los clubes, incluso asesorando en la creación de piezas gráficas y en la coordinación de la actividad,
  • Fortalecer el trabajo de los clubes a través de capacitaciones sobre temas específicos, tanto de manera presencial como virtual,

Obligaciones de los Clubes de Observadores de Aves


Desde el momento de su conformación, cada Club de Observadores de Aves se compromete a:

  • Cumplir la totalidad del presente reglamento y de sus manuales asociados,
  • Conocer y respetar en todo momento el estatuto de la asociación y sus posiciones institucionales,
  • Respetar en todas sus actividades el “código de conducta para observadores de aves” propuesto por Aves Argentinas,
  • Motivar en todas sus acciones la adhesión societaria a Aves Argentinas,
  • Presentar anualmente un informe de sus actividades, completando el formulario que será oportunamente comunicado por la coordinación nacional de la red.

Participantes del Club de Observadores de Aves

Todos aquellos individuos que participen asiduamente de las actividades del club pero aún no se encuentren vinculados societariamente a Aves Argentinas serán considerados “participantes” del COA pudiendo incluso serlo en más de un club simultáneamente. También serán participantes aquellos socios de Aves Argentinas que ya sean miembros de otro club.


Los participantes del COA pueden prestar su colaboración sin impedimento alguno en las actividades realizadas por el COA. También podrán opinar en todas las instancias que lo requieran así como también acercar propuestas y sugerencias.


Reglamento completo: solicitar a los Coordinadores


CÓDIGO DE CONDUCTA PARA OBSERVADORES DE AVES


Aves Argentinas espera que los amantes de las aves las respeten, respeten su ambiente y la vida silvestre en general.


Para evitar que los entusiastas causen daño involuntariamente, Aves Argentinas ha elaborado el siguiente código de conducta, priorizando el bienestar de las aves y sus ambientes. Y considerando especialmente la necesidad de proteger aquellas aves raras o amenazadas que puedan verse especialmente perjudicadas por la acción humana.

El número de observadores aumenta cada año en la Argentina, lo cual obliga a tomar recaudos para evitar que aumente la presión que los observadores podamos ejercer sobre las aves. Este documento pone en primer lugar el bienestar de las aves, sus ambientes, y el respeto por las personas, sean o no observadores.

Se espera que se aplique siempre, en áreas naturales sean o no protegidas. Ha sido producido tomando como fuente recomendaciones de las más importantes organizaciones de conservación de las aves del mundo y la experiencia propia de la institución adquirida durante algo más de 90 años de vida.


Será más efectivo si se predica con el ejemplo y si se hace notar una conducta inapropiada cuando se la detecte.


Nuestro código de conducta repara en cinco puntos:

  • 1- La preservación de las aves está antes que el placer del observador: evite molestar a las aves y modificar su ambiente.
  • 2- Conozca las leyes locales y la idiosincrasia de los lugareños y respételos.
  • 3- Contribuya al conocimiento de las aves compartiendo sus registros y observaciones.
  • 4- Tenga especial cuidado con lo relacionado con aves raras y amenazadas.
  • 5- Sea un embajador de la observación de aves.

1- La preservación de las aves está antes que el placer del observador.

  • No afecte el curso natural de la vida de las aves, especialmente en épocas de reproducción.
  • Evite estresarlas o ponerlas en peligro: proceda con cuidado y respeto durante sus observaciones, toma de fotografías, grabación de sonidos o filmaciones.
  • Manténgase informado sobre las susceptibilidades de las especies.
  • Manténgase alejado o permanezca el menor tiempo posible cerca de nidos y colonias de nidificación, áreas de descanso, de cortejo y sitios importantes de alimentación. Si necesita prolongar el tiempo de observación, fotografiar, filmar o grabar aves en áreas tan especiales como las descriptas, intente pasar desapercibido.
  • No abuse del uso de grabaciones u otros métodos de atracción de aves.
  • Si filma o fotografía, modere el uso de técnicas que puedan resultar demasiado invasivas.

  • Si instala comederos, estructuras de anidado y otros ambientes artificiales para aves como método de atracción, cerciórese de que sean seguros:

  • Mantenga limpios recipientes, agua y comida.
  • Vigile que estén libres de enfermedades o descomposición.
  • Si intenta atraer aves hacia determinada área, asegúrese de que no quedarán expuestas a depredadores como gatos y otros animales domésticos, ni a accidentes.

  • La observación colectiva de aves requiere de especial cuidado. Si usted es líder de un grupo, ya sea amateur o profesional, su responsabilidad es mayor:

  • Sea un modelo de conducta para su grupo. Enseñe por medio de la palabra pero sobre todo por el ejemplo.
  • Asegúrese de que los miembros del grupo conozcan y respeten este código.
  • Intente que sus grupos sean de un tamaño que no ejerza un impacto negativo en el ambiente y que no interfiera con otros grupos o personas en la misma área.
  • Conozca las circunstancias especiales de las áreas que visite e infórmelas a su grupo.
  • Sea consciente de que las aves y sus ambientes tienen prioridad sobre los intereses personales y comerciales.

2- Conozca las leyes locales y la idiosincrasia de los lugareños, y respételos.

  • Respete a los pobladores locales y a los propietarios de las tierras. Pida permiso antes de ingresar a una propiedad privada. La conducta irresponsable puede causar que los propietarios prohíban el acceso a sus tierras y resultar una mala publicidad para la observación de aves.
  • Cuide el hábitat de las aves: utilice rutas, senderos y caminos donde los haya. Si no los hay, procure causar la menor perturbación posible.
  • Respete las leyes, reglas y normas que rijan el uso de los caminos y áreas públicas de la región o reserva que va a visitar.

3- Contribuya al conocimiento de las aves compartiendo sus registros y observaciones.

Intente llevar un registro de observaciones de aves, documentar presencias inusuales y enviar sus registros a las organizaciones correspondientes. Sus observaciones son importantes para construir la historia ornitológica del país, y pueden ser claves para la protección de especies o hábitats.

4- Tenga especial cuidado con todo lo relacionado con aves raras y amenazadas.

  • Sea cauteloso a la hora de anunciar la presencia de un ave rara. Analice si ello ocasionará molestias al ave, sus alrededores o a otras personas en el área. Los sitios de nidificación de aves raras merecen un cuidado especial y deberán reportarse sólo a las autoridades de conservación pertinentes. Ante la duda, puede consultar a los especialistas de Aves Argentinas.
  • Al hacer sus observaciones, grabaciones o toma de imágenes, tenga especial cuidado con las especies en peligro de extinción, de interés para la conservación o que sean raras en el área.

5- Sea un embajador de la observación de aves.

  • Mantenga en todo momento una actitud que permita que no solo usted sino también los demás puedan disfrutar de la naturaleza.
  • Trate de que sus actos tengan consecuencias favorables en el bienestar de las aves y sus ambientes. Despertar conciencia entre los habitantes de un lugar sobre los beneficios que una comunidad puede obtener con la visita de otros observadores puede estimularlos a protegerlas.
  • Ayude a difundir la actividad. Esté abierto a responder las preguntas de los transeúntes, compartiendo sus conocimientos. Aunque no sean observadores, ayudarlos a tener un buen avistaje o darles una respuesta esclarecedora puede despertar la curiosidad por esta actividad. Su propio entusiasmo puede favorecer el comienzo de un interés duradero por las aves en otras personas, y esto a su vez generar una mayor apreciación de la naturaleza y la importancia de su conservación.
  • Si es testigo de un comportamiento inadecuado, examine la situación e intervenga si lo considera prudente. En caso de intervenir, haga saber a las personas que sus acciones no son las apropiadas e intente, dentro de los términos de la razón, hacerlos desistir de su comportamiento. Si no desisten, tome nota de lo ocurrido y notifique a las personas u organizaciones correspondientes.
  • Contribuya con los proyectos de conservación. La protección de las aves y sus ambientes depende de todos.

ESTATUTO

NUESTROS COMIENZOS


De acuerdo a la modificación aprobada por Resolución I.G.J. 1040 del 21 de noviembre de 2013.


Denominación y domicilio

Artículo 1: 

Bajo la denominación Aves Argentinas Asociación Ornitológica del Plata, funciona la asociación fundada el 28 de julio de 1916 con el nombre de SOCIEDAD ORNITOLÓGICA DEL PLATA, cuyo domicilio legal estará en la ciudad de Buenos Aires.

Fines 

Artículo 2: 

a) Contribuir al estudio y conservación de las aves silvestres a través de medios propios y /o con la cooperación de autoridades, de sociedades y terceros, y por cualquier medio permitido por las leyes.

b) Colaborar en el cumplimiento de las leyes, decretos u ordenanzas en favor de las aves silvestres, prestando el asesoramiento que fuere menester, junto a otras asociaciones y entes estatales conservacionistas a favor de la preservación de los recursos naturales en cuanto a aves.


b) Colaborar en el cumplimiento de las leyes, decretos u ordenanzas en favor de las aves silvestres, prestando el asesoramiento que fuere menester, junto a otras asociaciones y entes estatales conservacionistas a favor de la preservación de los recursos naturales en cuanto a aves.


c) Oponerse a todo lo que implique agresión al medio en nuestra área específica, luchando contra la destrucción irracional de ambientes naturales y contra toda otra acción que implique desprecio hacia la vida o la libertad de las aves silvestres.


d) Mantener relaciones científicas y culturales con asociaciones similares en todo el mundo.


e) Editar la revista "El Hornero" y cualquier otra publicación, folleto, revista o libro, sin fines de lucro que se considere con los fines de la Asociación.


f) Desarrollar viajes educativos a través de su departamento de Turismo o contratando servicios de terceros.


g) Garantizar un ámbito participativo para fomentar la preocupación por las aves silvestres y sus ambientes naturales, mediante el dictado de cursos especiales al igual que charlas, conferencias, talleres de planes educativos y conservacionistas, integración de grupos de trabajo y cuanto otro medio o recurso se considere adecuado para el buen fin de este propósito.


h) Ofrecer acceso, servicios de atención y espacios de consulta libres y gratuitos en la Biblioteca “Guillermo Enrique Hudson” para el público en general, socios, estudiantes e investigadores.

Artículo 3: Para los fines expresados la entidad podrá efectuar sin limitación alguna, los actos directa o indirectamente concordantes con sus objetivos y realizar toda clase de operaciones bancarias, así como ejercer las facultades contenidas en el art. 1881 del Código Civil, excepto los incisos 5 y 6; quedando la Comisión Directiva expresamente autorizada a realizar donaciones, con la limitación de que para vender, donar o gravar con hipoteca bienes inmuebles se requerirá la anuencia previa de la Asamblea General de Asociados por una mayoría de por lo menos dos tercios de los socios presentes.

Link para acceder al estatuto completo:Estatuto completo